Puno: Gobierno decreta toque de queda por 10 días más en la región

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El Gobierno decretó 10 días más de inmovilización social obligatoria (también conocida como toque de queda) para la población de Puno. La medida restrictiva se alarga durante un contexto social de crisis para la región que causó la muerte de 21 ciudadanos. La Policía Nacional con el apoyo del Ejército son las instituciones encargadas de hacer cumplir la medida.

A través de un decreto supremo publicado en las normas legales del diario El Peruano, el Ejecutivo establece que el toque de queda regirá de 8.00 p. m. a 4.00 a. m. La aplicación de la misma inició el 5 de febrero y será por 10 días calendario; es decir, hasta el 15 del mismo mes.

¿Quiénes podrán desplazarse?

Durante este horario, la población solo podrá circular para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.  

Asimismo, en dicho horario se exceptúa al personal necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, abastecimiento de alimentos y productos farmacéuticos, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, vigilancia y seguridad, delivery. Así como el personal de restaurantes y hoteles, asistencia, servicios financieros, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas. Esto según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención.

Está permitido el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud. Así como, para la adquisición de medicamentos.

Es importante destacar que se mantienen operativos los servicios prestados por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Con el fin de atender casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. También para la protección frente al riesgo, desprotección o abandono de las poblaciones vulnerables.

Por otro lado, el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria, siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

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