El papa incluye el delito de pederastia en el Código de Derecho Canónico

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Uno de los puntos clave de esta modificación es la referente a la pederastia como «un delito contra la dignidad humana» y que puede derivar en la expulsión del estado clerical.

Así lo especifica el artículo 1398, que dice que «sea castigado con la privación del oficio y con otras justas penas, sin excluir, si el caso lo requiriese, la expulsión del estado clerical, el clérigo» quien «comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o con persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela».

También quien «recluta o induce a un menor, o a una persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón, o a la que el derecho reconoce igual tutela, para que se exponga pornográficamente o para participar a exhibiciones pornográficas, tanto verdaderas como simuladas»

Y el que «inmoralmente adquiere, conserva, exhibe o divulga, en cualquier forma y con cualquier instrumento, imágenes pornográficas de menores o de personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón».

El Libro VI es uno de los siete que forman el Código de Derecho Canónico y su modificación entrará en vigor a partir del próximo 8 de diciembre.

Fuente: Agencia Efe

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