Declaran en emergencia servicios y establecimientos de salud

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Decreto Supremo N° 014-202.-SA publicado en el Diario Oficial El Peruano y con las firmas de la presidenta actual Dina Boluarte, señala que dicha emergencia será por el plazo de ciento ochenta días calendario, con el fin de cumplir con las necesidades para brindar y asegurar buenas prestaciones de salud en el país.

Debido a la responsabilidad que tiene el Gobierno “reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población”.

La misma norma indica que según el Informe Nº 106-2023-UPP-DIEMDGOS-Minsa , resalta “el estado situacional de la Infraestructura de Salud en forma general presenta una deficiente capacidad de respuesta ante las intensas lluvias, con coberturas y techos que no tienen un sistema de drenaje adecuado (…) presentando filtraciones que afectan la estabilidad de la infraestructura física y el daño del equipamiento existente”.

Además, el Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud (CDC Perú) señala la “deteriorada infraestructura sanitaria”, la pandemia COVID-19 y a los recientes embates climatológicos como factores para un “ambiente ideal” de incremento de enfermedades.

“Los fenómenos climáticos que se vienen presentando desde inicios del año (…), aunado a las bajas coberturas de vacunación, así como la limitada oferta de los servicios de salud (…) ocasionada por el impacto de la pandemia de la COVID-19, a lo que se le suma el deterioro de la infraestructura sanitaria agravada (por) las lluvias intensas e inundaciones, han ocasionado un ambiente ideal para el incremento en la incidencia, así como la reaparición de enfermedades emergentes y reemergentes como el dengue, leptospirosis, la polio, la gripe aviar”, puntualiza. 

Escribe: Stefany Myshell Flores Arredondo

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